Al terminar esta unidad podrás
- Explicar para qué sirve una anualidad y qué es el riesgo de longevidad.
- Distinguir el período de acumulación del período de anualización.
- Identificar al titular, al rentista, al beneficiario y a la aseguradora, y los derechos de cada uno.
- Comparar la anualidad con el seguro de vida en propósito y trato fiscal.
- Diferenciar las anualidades inmediatas de las diferidas y sus formas de pago de prima.
- Explicar las penalidades por retiro, los recargos por rescate y el beneficio por fallecimiento de la anualidad diferida.
- Distinguir las anualidades vitalicias de las temporales.
- Describir las cinco opciones vitalicias: solamente, con reembolso, con período cierto, conjunta y de sobreviviente, y conjunta.
- Explicar los cuatro factores que determinan el importe del pago: edad, sexo, garantía de pago y tasa de interés supuesta.
- Identificar las opciones de las anualidades temporales: período fijo e importe fijo.
- Describir las anualidades fijas, variables, indexadas y ajustadas al valor de mercado.
- Reconocer los usos personales y patronales de las anualidades.
Introducción: el riesgo de longevidad
La medicina moderna hace que las personas vivan más años. El problema es que muchas personas sobreviven a su propio dinero.
- Riesgo de longevidad: el temor de vivir más tiempo que los ahorros disponibles.
- La anualidad (también llamada renta) es un producto financiero, vendido principalmente por compañías de seguros, diseñado para dar un flujo de ingresos constante durante la jubilación y así atacar el riesgo de longevidad.
En esta unidad se estudian los tipos de contratos de anualidad, sus cláusulas particulares y cómo se gravan las distribuciones que recibe el rentista.
Conceptos básicos: acumulación y anualización
La promesa de cada producto
- En el seguro de vida, la aseguradora promete pagar el beneficio por fallecimiento al beneficiario cuando el asegurado muera, sea cuando sea.
- En la anualidad, la aseguradora promete al titular que, si el contrato se anualiza, pagará un ingreso al rentista sin importar cuánto viva.
- Idea clave: el seguro de vida protege contra morir demasiado pronto; la anualidad protege contra vivir demasiado.
Tres usos financieros de una anualidad
- Acumular fondos durante un tiempo.
- Distribuir (liquidar) un fondo de forma uniforme durante un tiempo.
- Hacer ambas cosas: primero acumular y luego distribuir.
Las dos etapas del contrato
| Etapa | Otro nombre | Qué ocurre | A quién pertenece el valor |
|---|---|---|---|
| Período de acumulación | Etapa de ahorro o "de entrada" | Se aportan primas; el capital crece con intereses acreditados, con impuestos diferidos | Al titular del contrato |
| Período de anualización | Etapa de desembolso o distribución | El valor acumulado se convierte en pagos periódicos, de por vida o por un tiempo determinado | A la compañía de seguros |
- El dinero que se paga a la anualidad se llama prima.
- Los intereses se acreditan sobre el valor acumulado, por lo que ese valor puede crecer más allá de lo depositado.
- Un contrato no puede estar en ambas etapas a la vez.
Durante la acumulación el titular puede:
- hacer pagos de primas o depósitos adicionales;
- hacer retiros del valor acumulado;
- rescatar (surrender) la anualidad a cambio de su valor acumulado;
- hacer otros cambios al contrato.
Una vez comienza la anualización (el valor ya no es del titular):
- no se admiten primas adicionales;
- no se permiten retiros;
- no se puede rescatar la anualidad;
- el titular no puede cambiar el contrato.
El dinero que se anualiza puede venir del propio período de acumulación o de otras fuentes, por ejemplo una herencia, un premio de lotería o una indemnización por un acuerdo judicial (como un accidente de auto).
Partes del contrato de anualidad
En un contrato de anualidad intervienen cuatro partes: el titular, el rentista, el beneficiario y la aseguradora.
Titular del contrato (owner)
Persona o pareja que compra la anualidad y controla el contrato. Tiene derecho a:
- designar o cambiar al rentista;
- designar o cambiar al beneficiario;
- escoger la opción de desembolso (forma de pago);
- añadir dinero o hacer retiros;
- renunciar al contrato o rescindirlo (durante la acumulación puede rescatarlo por su valor).
Rentista (annuitant), equivalente al "asegurado"
- Es quien recibe los pagos durante la anualización; lo escoge el titular.
- Su esperanza de vida se usa para calcular el importe de los pagos garantizados.
- Debe ser una persona física (natural): nunca una empresa ni un fideicomiso.
- Puede ser más de una persona (por ejemplo, en una renta conjunta).
- No puede: hacer retiros, hacer depósitos, cambiar los nombres de las partes ni rescindir el contrato.
- Debe firmar el contrato de anualidad.
- En la práctica, titular y rentista suelen ser la misma persona.
Beneficiario
- No tiene control ni voz sobre el manejo de la anualidad.
- Recibe el valor acumulado si el titular fallece (durante la acumulación).
- Puede recibir los pagos restantes si el rentista muere antes de lo previsto (según la opción escogida).
- Puede ser una persona física o una entidad (fideicomiso, empresa).
Aseguradora
Emite el contrato. Su representante en la venta puede ser un banco local, un asesor financiero, una casa de corretaje (casa de bolsa) o un agente o productor.
Anualidades frente a seguros de vida
Las compañías de seguros venden ambos productos. Se parecen en algunos rasgos, pero su propósito es opuesto. A la anualidad se le llama a veces "seguro de vida al revés". Ambos ofrecen un beneficio por fallecimiento a un beneficiario designado, pero ahí termina la semejanza.
| Seguro de vida | Anualidad |
|---|---|
| Sirve para crear un patrimonio | Sirve para liquidar (consumir) un patrimonio |
| Protege contra la muerte prematura | Protege contra la longevidad |
| Se pagan primas periódicas para garantizar una suma total al morir | Se usa una suma acumulada para garantizar una serie de pagos en vida |
| Paga en la muerte: la prima compra un beneficio por fallecimiento | Paga en vida: la prima acumula dinero o compra un ingreso mientras se vive |
Diferencia fiscal clave
- El beneficio por fallecimiento del seguro de vida llega al beneficiario libre de impuestos, sin importar el tipo de póliza.
- Si el beneficiario recibe dinero de una anualidad, paga impuestos sobre la ganancia (intereses o aumento) acumulada en el contrato.
Anualidades inmediatas y diferidas
La anualidad inmediata busca ingreso ahora; la diferida busca ingreso en una fecha futura.
Anualidad inmediata (SPIA)
- Se compra con una prima única: por eso se llama anualidad inmediata de prima única (SPIA, Single Premium Immediate Annuity).
- Período de acumulación muy corto o inexistente.
- El primer pago llega un intervalo de pago después de la compra. Si el pago es mensual, lo más pronto es un mes después; puede demorarse hasta 12 meses (un año). Regla de examen: los pagos comienzan dentro de los 12 meses de la compra.
- Mientras el dinero está en el contrato crece con impuestos diferidos. Ya en pago, cada cuota tiene una parte de interés (tributable) y una parte de devolución del capital (no tributable).
Anualidad diferida
- No genera ingresos de inmediato; tiene un período de acumulación.
- El titular escoge cuánto y con qué frecuencia paga primas.
- Puede retirar fondos en cualquier momento, aunque con posible recargo por rescate.
- No está obligado a anualizar el contrato; decide más adelante si lo hace.
- El énfasis está en acumular dinero para el futuro (típicamente la jubilación).
Formas de pagar la prima de una diferida
| Sigla | Nombre | Cómo se paga |
|---|---|---|
| SPDA | Anualidad diferida de prima única | Un solo pago |
| FPDA / PPDA | Anualidad diferida de prima flexible o periódica | Pagos continuos (mensual, trimestral, etc., como en el seguro de vida) |
Nota: la anualidad inmediata solo puede comprarse con prima única; la diferida admite prima única, nivelada o flexible.
Retiros, penalidad fiscal y recargos por rescate
Impuesto sobre retiros de una anualidad diferida
- Un retiro no se grava igual que un pago anualizado.
- En un retiro, la ganancia sale primero y se grava como ingreso ordinario. Se sigue pagando impuesto hasta que el valor de la cuenta baja al monto original invertido (la base).
- Ejemplo propio: Ana invirtió $30,000 y la cuenta vale $50,000. Los primeros $20,000 que retire son tributables; después, lo que retire es devolución de su inversión.
- Si el retiro ocurre antes de los 59 años y medio, se añade una penalidad fiscal del 10 % sobre la parte tributable (la ganancia).
Período de rescate y recargo por rescate (cargo de la aseguradora)
- Período de rescate: tiempo de espera fijado en el contrato. Puede ser corto (unos 2 años) o largo (12 años o más).
- Recargo por rescate: penalización que cobra la aseguradora si se retiran fondos durante ese período. No es un impuesto.
- Suele empezar alrededor del 10 % y bajar cada año. Ejemplo: con un período de 10 años, 10 % en el año 1, 9 % en el año 2, 8 % en el año 3, y así hasta desaparecer.
- Muchos contratos permiten retirar hasta el 10 % del valor cada año sin recargo (retiro libre).
Cálculo de ejemplo (números propios)
Contrato de $20,000, recargo del 6 % en el año actual, retiro libre del 10 % anual. Si el titular retira $5,000:
- Libre de recargo: 10 % de $20,000 = $2,000.
- Sujeto a recargo: $5,000 menos $2,000 = $3,000.
- Recargo: 6 % de $3,000 = $180.
No confundir: la penalidad del 10 % antes de 59 años y medio es del gobierno (fiscal); el recargo por rescate es de la compañía y depende del año del contrato.
Beneficio por fallecimiento de la anualidad diferida
- El beneficio por fallecimiento de una anualidad diferida no es un seguro de vida: no crea dinero nuevo para la familia.
- Si el titular muere durante la acumulación, se paga al beneficiario el mayor de:
- el valor acumulado de la anualidad; o
- el total de primas pagadas menos los retiros hechos.
- Si no hay beneficiario designado, se paga al patrimonio (caudal) del titular.
- Es más probable que haya beneficio por fallecimiento en una anualidad diferida, porque la muerte puede ocurrir antes de que comiencen los pagos.
- Durante la anualización, el beneficiario solo recibe algo si la opción de pago escogida lo contempla (por ejemplo, período cierto o reembolso) y el rentista muere antes de lo previsto.
Opciones de pago de la anualidad
Las opciones de pago se parecen a las opciones de liquidación del seguro de vida. Hay dos categorías:
- Anualidades vitalicias: garantizan pagos durante, como mínimo, toda la vida del rentista.
- Anualidades temporales (ciertas): no garantizan pagos de por vida.
Las cinco opciones vitalicias
| Opción | Cuándo terminan los pagos | Qué recibe el beneficiario | Nivel del pago |
|---|---|---|---|
| Vitalicia solamente (recta, pura, sin reembolso) | A la muerte del rentista, aunque sea tras un solo pago | Nada | El más alto de las opciones vitalicias individuales |
| Vitalicia con reembolso | A la muerte del rentista | La diferencia entre lo pagado por la anualidad y lo ya recibido | Menor |
| Vitalicia con período cierto | Vida del rentista, con un mínimo garantizado (5, 10 o 20 años) | Los pagos restantes del período, si el rentista muere antes de que termine | Menor cuanto más largo el período |
| Conjunta y de sobreviviente | A la muerte del último de dos rentistas | Nada extra | Continúa al sobreviviente igual o reducido |
| Vitalicia conjunta | A la muerte del primero de dos o más rentistas | Nada; el sobreviviente queda sin ingreso | Mayor que otras conjuntas |
Vitalicia solamente
- Pagos de por vida, sin importar si el rentista vive un mes o 20 años.
- Ventaja: da el mayor ingreso mensual porque solo considera la esperanza de vida del rentista (no hay otras contingencias).
- Desventaja: si el rentista muere pronto, recibe mucho menos de lo que pagó y el resto se pierde.
- Nombres alternos: anualidad vitalicia recta, pura, o vitalicia sin reembolso.
Vitalicia con reembolso
- Si el rentista muere y lo recibido es menor que lo pagado, la diferencia va al beneficiario, de dos maneras:
- Reembolso en efectivo: una suma total.
- Reembolso en cuotas (a plazos): siguen los mismos pagos hasta completar la diferencia.
Vitalicia con período cierto
- Paga mientras el rentista vive, pero además garantiza un período (por lo general 5, 10 o 20 años).
- Si muere antes de que termine el período, el beneficiario cobra el resto del período.
- Si el rentista sobrevive al período, no se paga nada al beneficiario cuando muera; los pagos al rentista siguen de por vida.
Conjunta y de sobreviviente
- Dos rentistas (por ejemplo, un matrimonio). Si uno muere, los pagos siguen al sobreviviente hasta su muerte.
- El titular puede escoger que el sobreviviente reciba el mismo importe o uno menor, como dos tercios o la mitad.
Vitalicia conjunta (conjunta pura)
- Los pagos cesan con la muerte del primero de los rentistas.
- Su pago es mayor que el de otras conjuntas, pero se considera poco adecuada porque deja al sobreviviente sin ingreso.
Anualidades temporales
No hay pago de por vida. Dos formas:
- Período fijo: se escoge por cuántos años se pagará; el importe de cada pago depende del dinero disponible.
- Importe fijo: se escoge cuánto se cobra por pago; los pagos siguen hasta agotar el fondo.
Factores que determinan el importe del pago (cuatro)
- Edad del rentista: fija la esperanza de vida. Más joven = pago menor (se pagará por más tiempo).
- Sexo del rentista: las mujeres, como grupo, viven más; por eso reciben pagos menores que los hombres de la misma edad.
- Garantía de pago (duración de la garantía): una opción de reembolso reduce el pago; con período cierto, cuanto más largo el período, menor el pago.
- Tasa de interés supuesta: lo que la aseguradora espera ganar con el fondo. Menor tasa supuesta = pago menor.
Lo que no se usa: la edad del beneficiario ni la fecha de jubilación del rentista.
Productos de anualidad: fija, variable, indexada y ajustada al valor de mercado
Existen cientos de variantes, pero hay cuatro tipos básicos: fijas, variables, indexadas y ajustadas al valor de mercado. ("Jubilación" o "flexible" no son tipos de producto.)
Anualidades fijas
- El valor está garantizado contra pérdidas: salvo recargos por rescate, nunca valdrá menos que lo pagado.
- Respaldo: cuenta general de la aseguradora, que asume el riesgo de inversión. Esos activos se invierten de forma conservadora (títulos de deuda y otras inversiones de tasa fija, bajo riesgo y largo plazo).
- Garantía de tasa: durante la acumulación se acredita una tasa corriente competitiva, anunciada normalmente a comienzos de año y garantizada por ese año. Puede subir o bajar, pero nunca por debajo de la tasa mínima garantizada en el contrato.
- Al anualizar: pago nivelado (fijo) y garantizado.
- Desventaja: la inflación reduce el poder adquisitivo del pago fijo con los años.
Anualidades variables
- Respaldadas por inversiones (acciones y bonos), por lo que pueden seguir el ritmo de la inflación, pero sin garantía: el titular asume el riesgo de inversión.
- Los activos van en una cuenta separada (la aseguradora no puede asumir ese riesgo sin poner en peligro sus productos garantizados). El titular escoge subcuentas, parecidas a fondos mutuos.
- Unidades de acumulación: con las primas se compran unidades (como acciones de un fondo). Valor de cada unidad = valor total de la cuenta separada dividido entre el número de unidades.
- Unidades de anualidad: al anualizar, las unidades de acumulación se convierten en unidades de anualidad. El número de unidades queda fijo; su valor cambia con la cuenta separada. Si la cuenta sube, el pago sube; si baja, el pago baja. Pago nunca garantizado.
- Regulación dual: son producto de seguro y valor (security).
- Para venderlas se necesita licencia de seguros de vida, en algunos estados una certificación especial de anualidades variables, y registro de valores federal y estatal (reguladores SEC y FINRA).
- Las aseguradoras deben registrar sus cuentas separadas ante la SEC (Comisión de Bolsa y Valores).
- El productor debe entregar un prospecto (folleto informativo) con la descripción detallada del producto antes de la presentación de venta.
Anualidades indexadas (EIA)
- Anualidad diferida cuyo interés acreditado se vincula a un índice bursátil, normalmente el S&P 500.
- Garantizan una tasa mínima (suele estar entre 1 % y 3 %) si se mantienen hasta el final del período de rescate, y protegen contra pérdida de capital.
- Rendimiento potencial mayor que el de una fija, pero menor que el de una variable (por el costo de las garantías).
- Son una forma de anualidad fija: respaldo de la cuenta general, no de una cuenta separada.
- No son producto variable: no requieren licencia de valores.
Anualidades ajustadas al valor de mercado (MVA)
- Anualidad fija con ajuste de valor de mercado, también llamada anualidad garantizada modificada. Normalmente diferida de prima única.
- Ofrece varios plazos de garantía (de corto a largo); los plazos largos suelen acreditar tasas más altas. Cada plazo tiene una tasa fija garantizada.
- La tasa garantizada solo vale si se mantiene hasta el vencimiento del plazo. El dinero puede repartirse entre plazos distintos según cuándo se necesite.
- Retiro antes del vencimiento: puede aplicar un cargo por ventas diferido contingente (CDSC) y un ajuste del valor de mercado (MVA), que puede aumentar o reducir el valor. Normalmente el CDSC dura lo mismo que el plazo de garantía.
- No es producto variable: no requiere licencia de valores.
| Tipo | Cuenta | ¿Quién asume el riesgo? | ¿Licencia de valores? |
|---|---|---|---|
| Fija | General | Aseguradora | No |
| Variable | Separada | Titular | Sí |
| Indexada | General | Aseguradora (garantía mínima) | No |
| Ajustada al valor de mercado | General (fija) | Compartido por el ajuste | No |
Usos de las anualidades
Mapa general: una anualidad es fija o variable; inmediata (solo prima única) o diferida (prima única, nivelada o flexible); y al pagar escoge opciones vitalicias (vitalicia, con reembolso, con período garantizado, conjunta, conjunta y sobreviviente) o temporales (período fijo, monto fijo).
Cuatro usos personales
- Ingreso de por vida al jubilarse: el uso más común. Como la vida puede extenderse mucho más allá de la edad de retiro, se busca un ingreso vitalicio sistemático y seguro.
- Acumular fondos antes del retiro (ahorro con ventajas fiscales): la ganancia crece con impuestos diferidos hasta que comienzan las distribuciones; entonces el receptor paga la tasa de ingreso ordinario sobre intereses o ganancias.
- Financiar cuentas individuales de jubilación (IRA): las anualidades de prima flexible se diseñan para fondear una IRA, plan de ahorro de retiro con ventajas fiscales que la persona establece por sí misma a través de un banco, una casa de valores o una aseguradora.
- Fondos para la educación: acumular dinero para una necesidad de largo plazo, como la universidad.
Planes de jubilación del patrono
- Las anualidades pueden recibir aportes del patrono a planes de retiro de sus empleados; las opciones de pago pueden dar ingreso de por vida al empleado y a su cónyuge.
- Anualidades individuales y colectivas (grupales): los planes de retiro patronales pueden financiarse con anualidades colectivas.
- El plan de jubilación es el titular de la anualidad colectiva.
- El documento del plan describe los beneficios de los trabajadores.
- Se financian con aportes del patrono, y el patrono (el plan) determina las distribuciones.
Trampas comunes del examen
- Seguro de vida = protección contra morir demasiado pronto; anualidad = protección contra vivir demasiado. Si una opción dice que la anualidad protege ante la muerte prematura, es falsa.
- Inmediata: solo prima única y pagos dentro de 12 meses. Diferida: prima única o flexible y un período de acumulación.
- Durante la anualización ya no hay retiros, depósitos, rescates ni cambios: el dinero pertenece a la aseguradora.
- El rentista siempre es una persona física; el beneficiario sí puede ser una entidad.
- La vitalicia solamente da el pago más alto pero nada al beneficiario. La vitalicia conjunta termina con la PRIMERA muerte; la conjunta y de sobreviviente, con la ÚLTIMA.
- Factores del pago: edad y sexo del rentista, garantía de pago y tasa de interés supuesta. La edad del beneficiario y la fecha de jubilación NO cuentan.
- Más joven, mujer, período cierto más largo o tasa supuesta más baja: todos producen un pago MENOR.
- Solo la anualidad variable requiere licencia de valores. La indexada y la ajustada al valor de mercado son fijas y no la requieren.
- Cuenta general = fija e indexada (riesgo de la aseguradora). Cuenta separada = variable (riesgo del titular).
- No confundas la penalidad fiscal del 10 % (antes de 59 años y medio) con el recargo por rescate de la aseguradora.
- Beneficio por fallecimiento en la acumulación: el MAYOR entre el valor acumulado y las primas pagadas menos retiros; sin beneficiario va al patrimonio.
- Período fijo e importe fijo son opciones de las anualidades TEMPORALES, no de las vitalicias.
Términos clave
Estudiarlos con tarjetas →- Anualidad
- Contrato, normalmente emitido por una aseguradora, que acumula dinero y/o lo convierte en una serie de pagos periódicos, a menudo de por vida.
- Riesgo de longevidad
- Posibilidad de vivir más años que los ahorros disponibles; es el riesgo que la anualidad está diseñada a cubrir.
- Período de acumulación
- Etapa en que se aportan primas y el valor crece con impuestos diferidos; el valor pertenece al titular.
- Período de anualización
- Etapa de desembolso en que el valor se convierte en pagos periódicos; el dinero pasa a pertenecer a la aseguradora.
- Titular del contrato
- Quien compra y controla la anualidad: nombra rentista y beneficiario, escoge la forma de pago, deposita, retira o rescinde.
- Rentista
- Persona física que recibe los pagos y cuya esperanza de vida determina su importe; no puede ser empresa ni fideicomiso.
- SPIA
- Anualidad inmediata de prima única: se compra con un solo pago y comienza a pagar dentro de los 12 meses.
- SPDA
- Anualidad diferida de prima única.
- FPDA
- Anualidad diferida de prima flexible o periódica, pagada con aportes continuos.
- Período de rescate
- Tiempo de espera durante el cual un retiro o rescate genera un recargo de la aseguradora.
- Recargo por rescate
- Cargo decreciente que cobra la aseguradora por retiros anticipados durante el período de rescate.
- Anualidad vitalicia solamente
- Paga de por vida y se detiene a la muerte del rentista, sin pagos a beneficiarios; da el mayor pago vitalicio individual. También llamada recta o pura.
- Anualidad vitalicia con reembolso
- Paga de por vida y, si el rentista muere antes de recuperar lo pagado, entrega la diferencia al beneficiario en efectivo o en cuotas.
- Anualidad vitalicia con período cierto
- Paga de por vida con un mínimo garantizado de años; si el rentista muere antes, el beneficiario cobra el resto del período.
- Anualidad conjunta y de sobreviviente
- Paga hasta la muerte del último de dos rentistas, con importe igual o reducido para el sobreviviente.
- Anualidad vitalicia conjunta
- Paga a dos o más rentistas y se detiene a la muerte del primero de ellos.
- Anualidad temporal
- Anualidad sin garantía de por vida, pagada por período fijo o por importe fijo.
- Cuenta general
- Fondos de la aseguradora, invertidos de forma conservadora, que respaldan anualidades fijas e indexadas; la aseguradora asume el riesgo.
- Cuenta separada
- Cuenta aparte que respalda anualidades variables; el titular asume el riesgo de inversión y elige subcuentas.
- Unidad de acumulación
- Participación que se compra con las primas de una anualidad variable durante la acumulación.
- Unidad de anualidad
- Unidad en que se convierten las de acumulación al anualizar; su cantidad es fija y su valor varía.
- Regulación dual
- Supervisión de la anualidad variable como seguro y como valor (SEC y FINRA).
- Prospecto (folleto informativo)
- Documento con la descripción detallada de un producto variable que debe entregarse antes de la presentación de venta.
- Anualidad indexada (EIA)
- Anualidad fija diferida cuyo interés sigue un índice como el S&P 500, con tasa mínima garantizada.
- Anualidad ajustada al valor de mercado
- Anualidad fija de plazos de garantía cuya tasa solo es válida hasta el vencimiento; el retiro anticipado puede sufrir CDSC y un ajuste de mercado.
- CDSC
- Cargo por ventas diferido contingente que se aplica a retiros hechos antes de terminar el plazo.
- Anualidad colectiva
- Anualidad grupal cuyo titular es el plan de retiro del patrono y que se financia con aportes de este.
- IRA
- Cuenta individual de jubilación con ventajas fiscales que la persona abre por sí misma en un banco, casa de valores o aseguradora.