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Unidad 8

Seguro de vida colectivo

El seguro de vida colectivo cubre a muchas personas bajo un solo contrato, normalmente a empleados de un patrono o afiliados de un sindicato o asociación, y por eso cuesta menos que una póliza individual. Esta unidad explica qué grupos son elegibles, la diferencia entre póliza principal y certificado, los planes contributivos y no contributivos, cómo se asegura un grupo, los períodos de prueba e inscripción, el monto de cobertura, la cobertura de familiares, el privilegio de conversión y el seguro de vida de crédito.

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Al terminar esta unidad podrás

  • Identificar los grupos elegibles para un seguro colectivo: planes del patrono, fideicomisos de patronos múltiples (MET), sindicatos, asociaciones y seguro colectivo de crédito.
  • Explicar la función de la póliza principal y del certificado de seguro.
  • Distinguir entre planes contributivos y no contributivos y sus requisitos de participación.
  • Describir el aseguramiento colectivo, los requisitos de elegibilidad, el período de prueba y el período de inscripción.
  • Explicar cómo se determina el monto de cobertura de cada participante.
  • Identificar la cobertura disponible para los familiares a cargo del empleado.
  • Explicar el privilegio de conversión y sus reglas.
  • Comparar el seguro de vida de crédito colectivo con una póliza individual cedida al prestamista.

Origen y concepto del seguro colectivo

La idea del seguro colectivo viene de los gremios medievales: los artesanos aportaban a un fondo común que ayudaba a reconstruir un negocio incendiado, cubría pérdidas por robo o mantenía a la viuda y la familia de un miembro incapacitado o fallecido.

Hoy esa ayuda mutua existe como seguro de vida colectivo, que ofrecen principalmente los patronos a sus empleados y los sindicatos a sus afiliados.

  • Una póliza individual cubre a una persona.
  • Una póliza colectiva cubre a muchas personas con un solo contrato.
  • Por eso las primas colectivas son más bajas que las de una póliza individual.

Tipos de grupos elegibles

Regla general: el grupo debe haberse formado con un propósito distinto al de obtener seguro para sus miembros. Un grupo creado solo para comprar seguro no es elegible (evita la selección adversa).

Grupos elegibles:

GrupoCaracterísticas
Plan del patrono (patrocinado por el patrono)Seguro para los empleados. El patrono es el titular de la póliza; cada empleado recibe un certificado y designa a su beneficiario.
Fideicomiso de patronos múltiples (MET)Multiple Employer Trust: varios patronos pequeños del mismo sector o de sectores similares se unen en un fideicomiso para dar seguro de vida u otros beneficios a sus empleados, con ventajas fiscales.
SindicatosUno o más sindicatos (dos o más pueden unirse) ofrecen seguro a sus afiliados mediante un fideicomiso Taft-Hartley.
AsociaciónUna asociación comercial, profesional o de otro tipo ofrece el plan a sus miembros.
Seguro de vida colectivo de créditoUn prestamista o acreedor asegura a su grupo de deudores.

Dos rasgos que distinguen el seguro colectivo de crédito:

  • Puede emitirse a nombre del grupo que lo ofrece (el prestamista), que es automáticamente el beneficiario.
  • La cobertura se limita al saldo de la deuda de cada deudor; no puede superarla.

Pista: patronos pequeños que se unen = MET; sindicatos que se unen = Taft-Hartley.

Póliza principal y certificados de seguro

  • Se emite una sola póliza principal (póliza maestra) al grupo que ofrece el seguro. Ese grupo (patrono, sindicato, etc.) es el solicitante y titular de la póliza.
  • El empleado o afiliado no es parte del contrato colectivo y no recibe copia de la póliza principal.
  • Cada persona cubierta recibe un certificado de seguro como evidencia de su cobertura. El certificado resume los beneficios del plan, el número de certificado y el nombre del beneficiario.
  • El empleado titular del certificado tiene derecho a designar a su propio beneficiario.
DocumentoQuién lo recibe
Póliza principalEl grupo (titular)
Certificado de seguroCada persona asegurada

Planes contributivos y no contributivos

ContributivoNo contributivo
¿Quién paga la prima?El empleado paga parte (o toda) la primaEl patrono paga el 100% de la prima
Participación mínimaAl menos el 75% de los empleados elegiblesEl 100% de los empleados elegibles
¿Inscribirse es opcional?Sí, cada empleado decideNo, todos los elegibles quedan incluidos

Ejemplo contributivo: con 200 empleados elegibles, al menos 150 deben inscribirse y pagar su parte para que el patrono pueda ofrecer el plan.

Si un plan tiene, por ejemplo, 80% de participación, casi con seguridad es contributivo, porque un plan no contributivo exige el 100%.

Los porcentajes mínimos protegen contra la selección adversa: si participaran pocos, se inscribirían sobre todo los que más necesitan el seguro.

Aseguramiento colectivo

En el seguro colectivo, la aseguradora analiza, selecciona y tarifa el riesgo del grupo como un todo, no el de cada miembro.

  • Cada participante llena un formulario breve: nombre, dirección, número de Seguro Social, familiares a cargo y beneficiario.
  • Por lo general no hay preguntas de salud ni exámenes médicos, es decir, no hay aseguramiento médico individual. Por eso personas con mala salud pueden quedar cubiertas.
  • Una vez vigente, las primas se basan en la experiencia del grupo (su historial de reclamaciones).
  • El seguro colectivo suele renovarse cada año y la prima puede variar de un año a otro.

Factores que evalúa la aseguradora:

  • Estabilidad del grupo: que no haya excesiva rotación de personal.
  • Persistencia del grupo: un grupo que cambia de aseguradora cada año no es buen candidato.
  • Existencia del grupo: el seguro debe ser secundario (accesorio) al motivo por el que se formó el grupo.

Requisitos de elegibilidad, período de prueba e inscripción

Elegibilidad

  • El patrono no tiene que incluir a todos los empleados, pero no puede escoger a personas específicas; solo puede definir clases de empleados elegibles.
  • Las dos clasificaciones más comunes: tiempo completo o tiempo parcial y años de antigüedad. Ejemplo: solo empleados a tiempo completo con al menos un año de servicio.
  • Otro requisito usual: estar trabajando activamente al inscribirse (no de licencia por incapacidad ni inactivo).

Período de prueba (período de espera)

  • Tiempo que un empleado nuevo debe esperar antes de ser elegible para inscribirse. Va desde la fecha de contratación hasta la fecha de elegibilidad.
  • Durante el período de prueba no hay cobertura.
  • Normalmente dura entre 1 y 12 meses.
  • Lo escoge el patrono y debe aplicarse a todos los elegibles sin discriminación.

Período de inscripción

  • Comienza al terminar el período de prueba y dura normalmente 31 días.
  • Si el empleado se inscribe dentro de ese plazo, no tiene que probar asegurabilidad: sin preguntas de salud ni examen.
  • En un plan contributivo el empleado decide si participa; en uno no contributivo todos los elegibles quedan incluidos (la cobertura empieza automáticamente al terminar el período de prueba).
  • Inscripción tardía: si rechaza la cobertura y luego quiere entrar, la aseguradora puede exigir preguntas de salud y examen médico. Muchos planes solo permiten inscritos tardíos en el período anual de inscripción abierta.
  • El propósito del período de inscripción es evitar la selección adversa.

Monto de cobertura

El patrono o sindicato decide cuánto seguro recibe cada participante. Los montos no tienen que ser iguales para todos, pero deben calcularse con una fórmula aplicada de manera uniforme (no se escoge a dedo por persona). Fórmulas comunes:

  • Porcentaje o múltiplo del salario: por ejemplo, 1 vez el salario anual, la mitad del salario u otro multiplicador.
  • Años de servicio: por ejemplo, $5,000 por cada año trabajado: 2 años = $10,000; 10 años = $50,000.
  • Monto fijo por clase de empleado: por ejemplo, empleados $20,000, supervisores $50,000 y directivos $100,000.

La cobertura de los familiares a cargo suele ser menor que la de los empleados.

Cobertura de familiares a cargo

Un plan colectivo puede cubrir también a los familiares a cargo del empleado elegible. Normalmente son:

  • el cónyuge;
  • los hijos;
  • los padres que dependen del asegurado; y
  • otras personas que dependen económicamente del asegurado.

El monto de cobertura de un familiar a cargo por lo general es menor que el del empleado.

Privilegio de conversión

El titular del certificado y sus familiares pierden la cobertura colectiva si:

  • termina la relación laboral con el patrono;
  • el patrono cancela el plan; o
  • la aseguradora no renueva la póliza.

Los familiares a cargo también la pierden si:

  • el titular del certificado muere; o
  • el cónyuge se divorcia legalmente del titular.

El privilegio de conversión les permite convertir la cobertura colectiva en una póliza individual. Aunque varía por estado, las reglas usuales son:

ReglaDetalle
PlazoDentro de 31 días desde la pérdida de la cobertura
Tipo de pólizaSeguro permanente, no temporal (a término)
MontoEl mismo monto que tenía bajo la póliza colectiva (no más)
PrimaSegún la edad alcanzada (edad actual) al convertir
AsegurabilidadNo se requiere evidencia de asegurabilidad (sin preguntas de salud)
  • La cobertura continúa durante los 31 días del período de conversión.
  • Si la persona muere dentro de esos 31 días, se paga el beneficio como si hubiera convertido, aunque no haya llegado a hacerlo.

Seguro de vida de crédito: colectivo o individual

Los acreedores ofrecen seguro de vida colectivo de crédito a sus prestatarios como parte del préstamo. El monto del seguro es igual a la deuda. Ejemplo: al financiar un auto se ofrece seguro por el monto del préstamo y su costo se suma al pago mensual. Si el deudor muere, el prestamista (beneficiario) cobra y la deuda queda saldada.

Alternativa: el deudor compra una póliza individual y cede el beneficio al prestamista (cesión de garantía).

Crédito colectivoPóliza individual cedida
Quién la ofreceEl prestamistaEl deudor la compra
TitularEl prestamista controla o es titularEl asegurado (deudor) es el titular
BeneficiarioEl prestamistaSe cede al prestamista
MontoNo puede superar la deudaPuede ser mayor que la deuda
Al pagar la deudaLa cobertura terminaLa póliza sigue vigente
CostoMenos costosoMás costoso
Preguntas de saludPor lo general noPor lo general sí, se requiere asegurabilidad

Ventajas de la individual: el deudor controla la póliza y la conserva después de pagar el préstamo. Desventajas: primas más altas y necesidad de probar asegurabilidad.

Trampas comunes del examen

  • El grupo debe existir por una razón distinta a comprar seguro.
  • Patronos pequeños unidos = MET. Sindicatos unidos = Taft-Hartley.
  • El grupo recibe la póliza principal; el empleado recibe un certificado y nombra a su beneficiario.
  • Contributivo = 75% mínimo de participación; no contributivo = 100%. Una participación entre 75% y 99% indica plan contributivo.
  • El patrono escoge CLASES de empleados, nunca personas específicas.
  • Período de prueba = espera antes de ser elegible, sin cobertura, usualmente de 1 a 12 meses.
  • Período de inscripción = 31 días después del período de prueba, sin prueba de asegurabilidad. Tarde = puede pedir examen.
  • Conversión: 31 días, póliza permanente, mismo monto, prima por edad alcanzada, sin examen. Muerte dentro de los 31 días se paga.
  • El seguro colectivo de crédito nunca supera la deuda, el prestamista es el beneficiario, es más barato y termina al pagar la deuda.
  • Número repetido: 31 días aparece en el período de inscripción, en la conversión y (en la Unidad 7) en el período de gracia.
Seguro de vida colectivo
Seguro que cubre a muchas personas bajo un solo contrato, con primas menores que una póliza individual.
Póliza principal (maestra)
Contrato único emitido al grupo que ofrece el seguro, que es el titular y solicitante.
Certificado de seguro
Documento que recibe cada persona cubierta como evidencia de su cobertura; resume beneficios, número de certificado y beneficiario.
Fideicomiso de patronos múltiples (MET)
Fideicomiso formado por varios patronos pequeños del mismo sector o de sectores similares para dar seguro u otros beneficios a sus empleados.
Fideicomiso Taft-Hartley
Fideicomiso mediante el cual uno o más sindicatos ofrecen seguro colectivo a sus afiliados.
Plan contributivo
Plan colectivo en que el empleado paga parte o toda la prima; requiere que participe al menos el 75% de los elegibles.
Plan no contributivo
Plan colectivo en que el patrono paga toda la prima; requiere la participación del 100% de los elegibles.
Aseguramiento colectivo
Evaluación y tarifa del riesgo del grupo como un todo, normalmente sin preguntas de salud individuales.
Período de prueba
Período de espera, usualmente de 1 a 12 meses, que un empleado nuevo cumple antes de ser elegible; no hay cobertura durante él.
Período de inscripción
Plazo, usualmente de 31 días tras el período de prueba, para inscribirse sin probar asegurabilidad.
Inscripción tardía
Inscripción después del período de inscripción; puede requerir preguntas de salud y examen médico.
Inscripción abierta
Período anual en que muchos planes permiten inscribirse a quienes no lo hicieron a tiempo.
Privilegio de conversión
Derecho a convertir la cobertura colectiva en una póliza individual permanente dentro de 31 días, sin probar asegurabilidad y con prima según la edad alcanzada.
Edad alcanzada
Edad actual del asegurado en el momento de convertir; es la base de la prima de la póliza convertida.
Familiares a cargo
Cónyuge, hijos, padres dependientes u otras personas que dependen económicamente del empleado y que pueden cubrirse con un monto menor.
Seguro de vida colectivo de crédito
Seguro ofrecido por un prestamista a sus deudores, con el prestamista como beneficiario y la cobertura limitada al saldo de la deuda.

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